Glosario · Policía

Detención

Privación de libertad temporal decretada por policía o autoridad — máximo 72 h hasta puesta a disposición judicial.

La detención es la medida cautelar de privación de libertad de una persona que se practica por la policía, autoridad judicial o incluso particular (arts. 490-501 LECrim). Es la actuación de mayor incidencia sobre derechos fundamentales que realiza un agente, y por ello está sometida a garantías estrictas.

Garantías esenciales:

  • Información inmediata de los hechos y derechos (art. 520 LECrim).
  • Derecho a guardar silencio y a no declarar contra sí mismo.
  • Derecho a asistencia letrada.
  • Derecho a comunicarse con familia y consulado (si extranjero).
  • Duración máxima 72 horas hasta puesta a disposición judicial (24 h general en la práctica).
  • Reconocimiento médico si se solicita.

Ejemplo real: el modelo oficial de "acta de información de derechos" es un documento imprescindible en cualquier detención. Los agentes deben leerlo íntegro, hacerlo firmar y adjuntarlo al atestado. Un fallo formal en este trámite puede llevar a la nulidad de la detención.

Consejo: en el examen práctico caen casos de detención con matices (menor de edad, extranjero, delito flagrante) — hay que dominar la variante del art. 520 en cada supuesto, no solo el modelo general.

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